La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobó el Programa de Desendeudamiento Familiar y Personal, una iniciativa destinada a facilitar la refinanciación y cancelación de deudas de consumo de personas humanas residentes en la Ciudad que atraviesen situaciones de vulnerabilidad financiera. Se aprobó con 42 votos positivos y ocho abstenciones.
El programa busca atender el incremento del endeudamiento de los hogares en un contexto de deterioro del poder adquisitivo, aumento del costo de vida y mayor utilización del crédito para cubrir gastos esenciales como alimentación, transporte y servicios básicos. Según los fundamentos del proyecto, esta dinámica derivó en un nivel de fragilidad financiera creciente, especialmente en sectores medios y medios bajos.
La norma establece la creación de líneas de crédito especiales a través del Banco de la Ciudad de Buenos Aires y entidades financieras adheridas, con el objetivo de reemplazar deudas de alto costo financiero por financiamiento en condiciones más accesibles. A su vez, promueve la participación de bancos y entidades no bancarias mediante incentivos fiscales.
Alcance y beneficiarios
Podrán acceder al programa las personas humanas con deudas originadas en tarjetas de crédito o préstamos personales otorgados por entidades financieras, que se encuentren en situación de mora entre 60 y 180 días según la Central de Deudores del Banco Central.
Entre los requisitos se establece además contar con ingresos familiares inferiores a diez Salarios Mínimos, Vitales y Móviles, y que la carga mensual de deuda supere el 30% de los ingresos del hogar. También se exige residencia en la Ciudad de Buenos Aires con al menos dos años de antigüedad.
Condiciones de los créditos
Los préstamos otorgados en el marco del programa deberán contar con una tasa nominal anual fija máxima del 35% y un plazo mínimo de devolución de 24 meses. Las entidades podrán ofrecer condiciones más favorables, siempre que sean aprobadas por la autoridad de aplicación.
El destino de los créditos será exclusivamente la cancelación o refinanciación de deudas existentes con entidades financieras, tanto propias como de terceros regulados por el Banco Central.
Exclusiones y restricciones
La norma establece una serie de exclusiones para acceder al beneficio, entre ellas la titularidad de más de un inmueble, vehículos de menos de cinco años de antigüedad (salvo uso laboral), embarcaciones, aeronaves o bienes suntuarios. También quedan excluidos quienes posean activos financieros superiores al monto de la deuda o hayan realizado compra de divisas durante el período de generación de los compromisos.
Instrumentación y beneficios fiscales
El Banco de la Ciudad de Buenos Aires tendrá un rol central en la implementación del programa, junto con la posibilidad de adhesión de otras entidades financieras. En el caso de trabajadores no registrados y emprendedores, se prevé una línea específica a través de Ciudad Microempresas S.A.U.
Como incentivo, las entidades adheridas podrán acceder a una reducción del 50% en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondiente a los intereses generados por los créditos otorgados bajo este régimen.
Implementación
El programa tendrá una vigencia inicial de 60 días corridos para la solicitud de créditos desde su puesta en marcha. El Poder Ejecutivo será responsable de designar la autoridad de aplicación y reglamentar la ley en un plazo de 30 días.
La iniciativa también contempla campañas de difusión institucional y la obligación de garantizar mecanismos de inscripción presenciales y digitales para los beneficiarios.