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Paro del fútbol: el Gobierno evita el tema para no legitimar la narrativa de persecución política de Tapia y Toviggino

La actitud reservada de las autoridades nacionales tras el polémico anuncio de la medida de fuerza es estratégica. Los detalles de la causa por evasión y apropiación de tributos que derivó en la citación a indagatoria de los jefes del fútbol argentino

Paro del fútbol: el Gobierno evita el tema para no legitimar la narrativa de persecución política de Tapia y Toviggino
24 de febrero de 2026, 10:59

El anuncio del paro en el fútbol argentino forzó una lectura política sobre un expediente penal económico que se desarrollaba de forma silenciosa, marcado por documentos, vencimientos y planillas, y un hilo conductor: la presunta retención de impuestos y aportes previsionales que, según la denuncia, no fueron ingresados en término. La reacción de la conducción de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), encabezada por Claudio “Chiqui” Tapia y el tesorero, Pablo Toviggino, se produjo luego de que el juez en lo penal económico, Diego Amarante, dispusiera citarlos a declaración indagatoria. La respuesta no fue jurídica ni procesal. Fue política: detener el torneo como mecanismo de presión.

El Gobierno eligió un camino opuesto: no respondió. No hubo comunicado, conferencia de prensa, voceros ni mensajes en redes sociales. Ningún indicador digital habitual del ecosistema oficialista: sin posteos, sin réplicas, sin mensajes amplificados por funcionarios ni señales indirectas. Fuentes consultadas por Infobae calificaron el silencio como una decisión deliberada: “No quieren pisar el palito”, explicó una de ellas, en referencia a la hipótesis que circula en la Casa Rosada sobre el sentido del paro. La lectura oficial sostiene que la conducción del fútbol buscó provocar una reacción del Ejecutivo para luego afirmar: “¿Ven? Están detrás de esto”. El Gobierno resolvió no dar esa escena.

“Es un tema de la AFA con la Justicia. No tenemos nada que decir”, fue la respuesta coincidente que recibió este medio de distintos interlocutores oficiales consultados sobre la suspensión de la fecha 9. En privado, una fuente con acceso a la conversación política del Gobierno introdujo un matiz: el paro estaría diseñado para encuadrar el expediente judicial como parte de la supuesta “persecución política” que la conducción de la AFA denuncia desde hace tiempo. Por eso, en Balcarce 50 optaron por el silencio: dejar que la discusión permanezca en el juzgado y no se traslade al terreno político.

Ese contraste es el núcleo del conflicto: un paro que busca politizar una causa y un Gobierno que trata de evitar esa politización, mientras el expediente sigue su curso bajo una lógica penal definida por fechas de vencimiento, mora y montos retenidos. En ese punto, la causa aparece para el oficialismo como suficientemente sólida para explicar por qué la citación a indagatoria no constituye un gesto político sino una decisión judicial anclada en prueba documental.

La denuncia de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), la agencia impositiva que encabeza Andrés Vázquez, encuadró la conducta investigada en los artículos 4° y 7° del Régimen Penal Tributario (Ley 27.430). El artículo 4° tipifica la apropiación indebida de tributos: sanciona al agente de retención o percepción que no deposite, total o parcialmente, en los treinta días corridos posteriores al vencimiento del plazo legal, el tributo retenido o percibido, siempre que el monto no ingresado supere el mínimo previsto por mes. El artículo 7° prevé una figura equivalente para la apropiación indebida de recursos de la seguridad social. La escala penal es la misma: de dos a seis años de prisión.

Según fuentes técnicas con acceso al expediente, la discusión no gira en torno a si existe hoy una “deuda exigible” en términos administrativos. El eje es otro: si se retuvo dinero ajeno y si se lo depositó en término. ARCA no denunció una “deuda”, sino, en términos penales, omisión: retener y no ingresar a tiempo. Ese punto es decisivo y, para los denunciantes, explica la contradicción entre el comunicado público de la AFA y los fundamentos de la denuncia.

En su mensaje oficial, la AFA sostuvo que “no tiene deuda alguna exigible” por las obligaciones incluidas en la denuncia y que “el pago voluntario” de esas obligaciones se realizó “en forma previa a su vencimiento”. También afirmó que el planteo ya fue presentado ante el tribunal y que el tema permanece “pendiente de resolución por la Cámara de Apelaciones”. Además, acusó a ARCA de considerar obligaciones “que aún no se encuentran vencidas” como sustento de un delito penal tributario, “en abierta contradicción a las normas jurídicas vigentes”.

Ese texto, aislado, busca instalar una idea simple: si no hay deuda exigible y el pago fue previo al vencimiento, la imputación penal sería un abuso. No obstante, la reconstrucción documental a la que accedió Infobae —planillas incorporadas en la denuncia y su ampliación— muestra otra realidad: vencimientos concretos, un “día 31” (cuando se configura el tipo penal si no se depositó) y pagos que, cuando aparecen, aparecen tarde. Muy tarde.